En ningún caso se podrá́ realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes, se deberá garantizar la organización de turno, si corresponde, los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Coronavirus.
Los permisos para el tránsito de los servicios de cadetería y de los comerciantes se deberán solicitar en la Municipalidad de Lunes a Viernes en el horario de 8:00 a 12:00 horas, por favor respete el máximo de personas dentro del edificio municipal.
Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos que son las siguientes: Pampa Pagos, Pago Fácil, Rapipago, Bica Ágil, Cobro Express, Multipago, Plus Pagos, Pronto Pago, Provincia Net y Ripsa.
Oficinas de rentas con sistemas de turnos y guardias mínimas.
Venta de mercadería ya elaborada con la venta telefónica, web, redes sociales, sms o whatsapp y todo mecanismo que no requiera contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística.
En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
La modalidad de cadeteria o delivery, que hasta el momento funcionaba para alimentos desde ahora abarcará también marroquinería, electrodomésticos, indumentaria, calzado, juegos y juguetes, cuidado personal, etc.
Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Hasta el momento, solo estaban habilitadas las consultas de urgencias.
Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
Atención en ópticas, con sistema de turno previo. En el país hay un total de 4500 ópticas, y era uno de los servicios más solicitados por la población.
Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias.
Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
Los desplazamientos de las personas afectadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados.