En la misma se explica el marco conceptual de las medidas, y se busca aclarar las dudas respondiendo las preguntas más frecuentes de los vecinos.
A partir de las 00:00 horas del sábado 18 de abril de 2020 la documentación a requerir será el CERTIFICADOUNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACION en formato papel o digital junto al DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD de quien circula revistiendo carácter de declaración jurada, dicha documentación NO requiere DE AUTORIZACION NI DE CERTICICACION DE FIRMA por parte de la Policía.
El permiso de circulación debe ser tramitado personalmente por el interesado en https://tramitesadistancia.gob.ar.
El objetivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio es la reducción de la circulación de las personas en la vía pública y evitar la concentración de las mismas. Las personas deberán realizar desplazamientos mínimos e indispensables.
En función de ello, las personas deben circular con su identificación particular, el permiso de circulación y la documentación que permita acreditar lo que dicho permiso expresa (recibo de sueldo que acredita ser empleado, por ejemplo), identificarse y explicar el motivo de la circulación que están desarrollando.
Como criterio interpretativo, los motivos de la circulación son restrictivos, es decir, limitados a los que establece el decreto, y siempre por situaciones excepcionales y urgentes; la movilidad debe ser en el menor radio posible, debiendo abastecerse de lo indispensable en los comercios más cercanos a su domicilio.
Para abastecerse de medicamentos, alimentos y artículos de higiene dentro de la ciudad, el habitante local no necesita el permiso de circulación.
Las personas exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio deben tramitar el permiso de circulación.
El personal de salud, justicia, seguridad, bomberos voluntarios, funcionarios, trabajadores públicos afectados a tareas esenciales, pueden circular con el permiso que le emita su autoridad.
En el caso de los empleados de la Municipalidad de Macachín, se les solicita que tramiten su permiso de circulación nacional (certificado único habilitante para la circulación (CUHC), en tramitesadistancia.gob.ar.
Para algunas actividades como transporte, contratistas rurales y productores de alimentos hay PERMISOS DE CIRCULACION Y PROTOCOLOS ESPECIFICOS.
Para atender casos de fuerza mayor, no hay permiso de circulación, el interesado debe acreditar la urgencia.
Los trabajadores de medios de comunicación: no requieren el permiso, pero sí acreditar su condición de tales.
Las personas con discapacidad y para quienes las atiendan, mediante la resolución 77/2020 podrán realizar salidas breves a no más de 500 metros de la residencia ya que dicha acción tiene efecto terapéutico para las mismas. Podrán salir con un único acompañante, familiar o conviviente quienes requieren CUHC.
El resto de las situaciones no descriptas anteriormente, requieren el permiso.
Todos los choferes que ingresen a la provincia de La Pampa, deben registrarse y ser informados sus datos al 0800-333-1135.